Software y TPV · Normativa explicada

TPV para panaderías y Verifactu: qué cambia en tus tiendas en 2027

Qué exige Verifactu al TPV de una panadería o pastelería con varias tiendas: fechas de 2027, tickets, código QR, modalidades, multas y las preguntas que debes hacer a tu proveedor.

Actualizado el 8 min de lectura Por Lucía Campos Navarro

Precios verificados el 30/09/2026 en la web de cada fabricante

En corto

Los tickets de tus tiendas son facturas simplificadas, así que el TPV que los emite es un sistema informático de facturación sujeto a Verifactu. Si tu obrador es una sociedad, el TPV debe estar adaptado antes del 1 de enero de 2027; si eres autónomo, antes del 1 de julio de 2027 (RD 1007/2023 modificado por el RDL 15/2025). No hay homologación: el fabricante firma una declaración responsable. Tener un sistema que no cumple se sanciona con 50.000 € por ejercicio (art. 201 bis LGT).

Una panadería con obrador y cuatro despachos puede emitir fácilmente mil tickets al día. Cada uno de esos tickets es, para Hacienda, una factura simplificada. Y a partir de 2027, el programa que los emite tendrá que cumplir el reglamento de sistemas informáticos de facturación, conocido como Verifactu.

Esta guía explica qué cambia exactamente en el TPV de tus tiendas, qué fechas te aplican, qué no hace falta que hagas y qué preguntas tienes que hacer a tu proveedor antes de final de año.

Por qué tu TPV está dentro de Verifactu

La Agencia Tributaria lo deja claro en sus preguntas frecuentes: el reglamento se aplica a los sistemas informáticos que se usan para expedir facturas, «incluyendo las facturas simplificadas». Un ticket de despacho de pan es una factura simplificada. Por tanto:

  • El TPV de cada tienda es un sistema informático de facturación (SIF).
  • La báscula o balanza que imprime el ticket con el importe también lo es, si es la que emite el documento de venta. Si solo pesa y pasa el dato al TPV, el que factura es el TPV. Confirma con el fabricante cómo funciona la tuya.
  • El programa del obrador que factura a bares, restaurantes y tiendas de otros (las facturas completas a clientes de hostelería) también entra.

La Agencia Tributaria resume quién está obligado con su regla de los 4 «NO». Te aplica Verifactu si:

  1. no facturas exclusivamente a mano, sin ningún programa;
  2. no estás en el SII (Suministro Inmediato de Información);
  3. no tienes tu domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra;
  4. no tienes una resolución en vigor de no aplicación.

La gran mayoría de panaderías, pastelerías y charcuterías con tiendas cumplen los cuatro «NO». Las del País Vasco siguen con TicketBAI, su propio sistema foral.

Las fechas: 1 de enero o 1 de julio de 2027

El Real Decreto-ley 15/2025 modificó la disposición final del RD 1007/2023 y retrasó un año los plazos. Según el texto consolidado en el BOE, los sistemas tienen que estar adaptados:

Quién eresFecha límite
Sociedad (SL, SA…) que paga el Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027
Autónomo (IRPF) y demás obligados1 de julio de 2027

A 30 de septiembre de 2026 no consta ningún nuevo aplazamiento. Ya ha habido dos, así que es normal cierta desconfianza, pero la fecha legal hoy es esa.

Cuidado con el calendario real. Si tu obrador es una SL, tu TPV tiene que estar listo el 1 de enero, justo después de la campaña de Navidad y Reyes, que es la peor semana del año para cambiar el sistema de cobro de las tiendas. Planifica la actualización para octubre o noviembre, no para la última semana de diciembre.

Qué cambia en la práctica en el mostrador

Para la dependienta, poco. Para el sistema, bastante.

El código QR en el ticket

Los sistemas deben incluir un código QR en la factura expedida, también en el ticket. Sirve para que quien lo recibe pueda comprobar los datos con la Agencia Tributaria. Tu impresora de tickets tiene que ser capaz de imprimirlo con calidad suficiente.

Dos modalidades: VERIFACTU o no VERIFACTU

El reglamento admite dos formas de cumplir:

  • Modalidad VERI*FACTU. El sistema envía a la Agencia Tributaria un registro de cada factura en el momento de expedirla.
  • Modalidad no VERI*FACTU. El sistema guarda los registros con los mismos requisitos de integridad (registros encadenados, firma electrónica, registro de eventos), sin enviarlos en el momento, y debe poder remitirlos si Hacienda los requiere.

Las dos son legales. La primera exige conexión para el envío; la segunda exige más requisitos técnicos locales. Quien decide qué modalidades ofrece es tu proveedor, así que pregúntale cuál usará tu instalación.

Nada de borrar ni modificar tickets

La idea de fondo del reglamento es la inalterabilidad: cada registro queda encadenado al anterior. Una venta anulada no se borra; se registra su anulación o se emite una rectificativa. Si en tus tiendas era habitual «corregir» tickets al cerrar la caja, eso se acaba.

Cierres de caja. Un buen TPV adaptado te seguirá dando el cierre diario por tienda, el desglose por forma de pago y las devoluciones. Lo que cambia es que las anulaciones y rectificaciones quedan registradas. Revisa con tu encargada de tienda cómo se hacen hoy las devoluciones y los errores de cobro.

Sin homologación: la declaración responsable

Es el malentendido más extendido. No existe una lista de TPV homologados por Hacienda. La Agencia Tributaria no certifica programas. Lo que exige la norma es que el fabricante o comercializador firme una declaración responsable de que su sistema cumple el RD 1007/2023 y las especificaciones técnicas de la Orden HAC/1177/2024.

Consecuencias prácticas:

  • Pide la declaración responsable a tu proveedor, referida a la versión que tienes instalada.
  • Si tu TPV es un programa antiguo sin soporte, nadie firmará esa declaración. Ese es el caso en el que sí tendrás que cambiar.
  • Un sello «Verifactu» en la web del fabricante es una afirmación comercial. La declaración responsable es el documento que cuenta.

Las multas

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria tipifica dos infracciones graves:

QuiénInfracciónMulta
Tú, como usuarioTener sistemas de facturación que no cumplen los requisitos, o que se han alterado50.000 € fijos por cada ejercicio
El fabricante o comercializadorFabricar o vender sistemas que permiten ocultar o alterar ventas o no cumplen las especificaciones150.000 € por ejercicio y por cada tipo de sistema

La cifra no es «hasta 50.000 €»: el texto dice multa pecuniaria fija. Para un obrador de tamaño medio es una cantidad que no se puede asumir, y eso es lo que hace que esta obligación no sea opcional.

Lo específico de un obrador con varias tiendas

Las guías generales de Verifactu hablan de «tu negocio». Un obrador con tiendas tiene varios puntos de emisión y conviene repasarlos uno a uno.

Punto de emisiónQué comprobar
TPV de cada despachoQue todos los terminales tienen la versión adaptada, no solo el de la tienda principal
Básculas que imprimen ticketSi emiten el documento de venta, son parte del SIF. Pide al fabricante su declaración
Venta en el propio obradorSi vendéis al público desde el obrador, ese punto de venta también cuenta
Facturas a hosteleríaEl programa con el que facturas a bares y restaurantes también debe cumplir
Pedidos y encargosSi cobras una señal por una tarta de encargo, el cobro genera un documento en el TPV
Tienda onlineSi vendes por internet, el sistema que emite esas facturas está igualmente sujeto

IVA por artículo: 4 % o 10 %

Aprovecha la revisión para comprobar que los tipos de IVA por artículo están bien configurados. Según el artículo 91 de la Ley del IVA:

  • El pan común (y la masa de pan común congelada destinada exclusivamente a hacer pan común) tributa al 4 % (art. 91.Dos.1.1º.a).
  • Las harinas panificables también al 4 %.
  • La bollería y la pastelería, como alimentos en general, tributan al 10 % (art. 91.Uno.1.1º).

Un error típico es tener el «pan especial» o la bollería con el tipo del pan común. Con Verifactu cada ticket queda registrado tal cual, así que un error de configuración se repite en miles de registros.

Y después: la factura electrónica entre empresas

Si facturas a bares, restaurantes o tiendas, tienes otra obligación en camino. El RD 238/2026 regula la factura electrónica obligatoria entre empresarios. Sus plazos cuentan desde que entre en vigor una orden ministerial que desarrolla la solución pública de la Agencia Tributaria:

  • 12 meses después, para empresas con facturación superior a 8 millones de euros;
  • 24 meses después, para el resto.

A 30 de septiembre de 2026, no consta publicada esa orden en el BOE. Así que no hay fecha cierta. Lo razonable es que, al elegir o actualizar el programa con el que facturas a clientes de hostelería, preguntes también si podrá emitir factura electrónica estructurada.

Preguntas para tu proveedor de TPV

Llévalas por escrito y pide las respuestas por escrito.

  1. ¿Tienes la declaración responsable para la versión que tengo instalada? ¿Me la envías?
  2. ¿Qué modalidad vamos a usar: VERIFACTU o no VERIFACTU? ¿Puedo cambiar después?
  3. ¿Cubre todas mis tiendas y todos los terminales, incluidas las básculas que imprimen ticket?
  4. ¿Qué pasa si una tienda se queda sin internet a las 7 de la mañana? ¿Sigue cobrando? ¿Cuándo se envían los registros pendientes?
  5. ¿Cómo se hacen las devoluciones, anulaciones y cierres de caja después de la actualización?
  6. ¿Cuánto cuesta la actualización y la cuota a partir de 2027? ¿Hay que cambiar hardware o impresoras?
  7. ¿Cuándo la instaláis? Que no sea en la última semana de diciembre.
  8. ¿Puedo exportar mis ventas por artículo y tienda para llevarlas a mi programa de gestión o a una hoja de cálculo?
  9. ¿Cómo se conectan las ventas de las tiendas con los pedidos al obrador? Si el TPV ya sabe qué se vende, debería ayudarte a decidir qué producir. Lo explicamos en planificar la producción por pedidos de tiendas.

Qué fabricantes dicen cumplir (ejemplos, no recomendaciones)

Varios fabricantes que venden TPV en España afirman públicamente en su web que sus sistemas están adaptados a Verifactu. Los citamos como ejemplos para que veas de qué tipo de producto hablamos, no como recomendación, y recuerda que la afirmación comercial no sustituye a la declaración responsable.

  • Ágora TPV. Su página de precios indica que todos los planes incluyen el cumplimiento de «normativas fiscales Verifactu/Ticket bai». Precios por local, IVA no incluido, verificados el 30/09/2026: Basic 34 €/mes (1 terminal), Starter Plus 62 €/mes (hasta 4), Professional 90 €/mes (hasta 8); Enterprise y Ultimate, a consultar. La gestión de varios locales (ACMS) cuesta 67 €/mes hasta 3 locales o 107 €/mes sin límite. Hardware y servicios, aparte.
  • Glop, HIOPOS, Eclipse (programa para panaderías) y Verial también afirman en su web la adaptación a Verifactu.
  • Odoo incluye en su localización española un módulo «Veri*Factu para Punto de venta» (l10n_es_edi_verifactu_pos), además del de facturación.

La comparación completa, con qué hace cada tipo de programa en el obrador y en las tiendas, está en software para obrador: cómo elegir.

Un calendario razonable para una SL con obrador y tres tiendas. Octubre: pedir al proveedor la declaración responsable y el plan de actualización; revisar tipos de IVA por artículo. Noviembre: actualizar una tienda como prueba y resolver incidencias de devoluciones, básculas e impresoras. Primera quincena de diciembre: actualizar el resto de tiendas y el programa de facturación del obrador. 1 de enero: cobrar con normalidad.

Preguntas frecuentes

¿Verifactu afecta a los tickets de mi panadería o solo a las facturas?

También a los tickets. La Agencia Tributaria explica que el reglamento se aplica a los sistemas informáticos que se usan para expedir facturas, incluidas las facturas simplificadas. Los tickets del TPV de tus tiendas son facturas simplificadas, así que el TPV es un sistema de facturación sujeto a Verifactu.

¿Desde cuándo es obligatorio Verifactu para una panadería?

Si la panadería es una sociedad que paga el Impuesto sobre Sociedades, el sistema debe estar adaptado antes del 1 de enero de 2027. Si eres autónomo (IRPF), antes del 1 de julio de 2027. Son las fechas del RD 1007/2023 tras la modificación del Real Decreto-ley 15/2025. A 30 de septiembre de 2026 no consta ningún nuevo aplazamiento.

¿Existe una lista de TPV homologados por Hacienda?

No. La Agencia Tributaria no homologa programas. Cada fabricante o comercializador debe emitir una declaración responsable de que su sistema cumple el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Pide a tu proveedor esa declaración responsable, referida a la versión concreta que tienes instalada.

¿Qué multa hay por usar un TPV que no cumple?

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria considera infracción grave la tenencia de sistemas de facturación que no cumplen los requisitos y la sanciona con multa fija de 50.000 euros por cada ejercicio. Para quien fabrica o comercializa el sistema, la multa es de 150.000 euros por ejercicio y por cada tipo de sistema.

Mi panadería está en el País Vasco o en Navarra, ¿me afecta Verifactu?

No. La Agencia Tributaria excluye a quienes tienen su domicilio fiscal en los territorios históricos del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra, que tienen su propia normativa. En el País Vasco se aplica TicketBAI. Tampoco se aplica a quienes están en el SII.

¿Tengo que cambiar de TPV?

No necesariamente. Muchos fabricantes están actualizando sus programas. Lo que tienes que confirmar es que tu versión tiene la declaración responsable, qué modalidad usará (VERI*FACTU o no VERI*FACTU), si la actualización tiene coste y si cubre todas tus tiendas y terminales, incluidas las básculas que emiten tickets.

Fuentes

Consultadas por última vez el 30 de septiembre de 2026. Si una norma o un precio cambia, actualizamos la guía y su fecha.

  1. Real Decreto 1007/2023, reglamento de sistemas informáticos de facturación, texto consolidado con la modificación del RDL 15/2025 (BOE)
  2. Agencia Tributaria: preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU
  3. Agencia Tributaria: preguntas frecuentes, ámbito de aplicación (regla de los 4 «NO»)
  4. Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 201 bis (texto consolidado, BOE)
  5. Ley 37/1992, del IVA, artículo 91: tipos reducidos (texto consolidado, BOE)
  6. Real Decreto 238/2026, factura electrónica entre empresarios y profesionales (texto consolidado, BOE)
  7. Ágora TPV: página de precios (consultada el 30/09/2026)
  8. Odoo 19: localización fiscal de España (módulos Veri*Factu y Veri*Factu para Punto de venta)